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El profesor de Derecho Constitucional de la UB y miembro de la Comisión de Venecia participó el pasado jueves en la tertulia federalista donde explicó los requerimientos de imparcialidad y legalidad que debe tener la convocatoria y realización de referéndums según este organismo que avala este tipo de convocatorias a nivel internacional. Respecto a España y Cataluña indicó que sería posible realizar un referéndum con una reforma previa de la Constitución que introdujera la posibilidad de realizarlo

(por Beatriz Silva) Un referéndum de secesión debe tener una pregunta clara, surgir de un amplio consenso de todas las partes implicadas y ser refrendado por una mayoría lo suficientemente amplia para que no sea puesto en cuestión con posterioridad. Las autoridades que partipan en su organización deben mantener en todo momento la imparcialidad respecto al resultado así como también los medios de comunicación públicos.

Estos son algunos de los requerimientos que ha ido decantando la Comisión de Venecia en relación a la convocatoria y realización de referendums y que centraron el pasado jueves 20 de abril la tertulia federalista que Fed celebra mensualmente en la librería Alibri y que tuvo como invitado a Josep Maria Castellà, profesor de Derecho Constitucional de la UB y miembro de la Comisión de Venecia.

Josep Maria Castellà, que ahondó en esta cuestión y sus posibles paralelismos con Cataluña, explicó que la Comisión de Venecia establece que la celebración de referéndums debe adaptarse al Estado de derecho y al Código de Buenas Prácticas redactado por este organismo. “Cada país tiene posiciones diferentes respecto a los referéndums y la Comisión es muy clara en el sentido de que sólo pueden celebrarse siguiendo el ordenamiento jurídico vigente en cada país y el principio democrático. ¿Qué dice el principio democrático? Que no se puede afirmar que la democracia directa sea mejor que la democracia representativa, en este sentido la Comisión de Venecia es muy clara. En sociedades complejas y diversas, la democracia representativa es la mejor forma de llegar a consensos”, explicó.

Joan Botella y Josep Maria Castellà

En este sentido, Josep Maria Castellà insistió que la Comisión de Venecia ve el referéndum como el final de un camino, una vía para ratificar grandes acuerdos, y que en estos casos establece una serie de normas para validarlo.

¿Cuáles?

“Que lo apruebe una amplia mayoría a través de una ley; que participen en la preparación del referéndum todas las partes implicadas; que haya pasado un año desde que se aprueba la ley hasta que se ponga en marcha y que los medios de comunicación públicos, así como las autoridades que lo organizan sean totalmente imparciales”, aseguró.

Josep Maria Castellà hizo hincapié en que para que un referéndum sea válido debe existir la máxima posibilidad de deliberación posible, recordó que la mayoría de Constituciones no contempla la posibilidad de secesión de una parte de su territorio y que Reino Unido y Canadá son casos excepcionales porque su legislación no prohíbe la secesión lo que ha facilitado la celebración de referéndums. “Es posiblemente la decisión más trascendente que puede adoptar una comunidad, no es una encuesta de opinión y tiene que garantizarse el máximo consenso y el respeto a las minorías”, reiteró a lo largo de la tertulia.

Respecto a la pregunta, Castellà señaló que la Comisión de Venecia subraya que debe ser clara y directa, algo que, aclaró, no sucedió en los dos referéndums celebrados en Canadá.

Preguntado por esta cuestión y si el hecho de hacer una pregunta sí/no frente a situaciones complejas y difíciles de resolver no es una simplificación excesiva, Castellà señaló que efectivamente “el tipo de pregunta binaria de un referéndum simplifica situaciones que a veces son complejas de decidir con un sí y un no. Está en la naturaleza del referéndum la simplificación y por eso debería ser la última opción”, destacó.

También recordó que la Comisión tiene varios documentos sobre referéndums, entre ellos el Código de Buenas Prácticas. Explicó, que entre otras cuestiones, este Código hace hincapié en que la igualdad de oportunidades debe estar garantizada para los simpatizantes y opositores de la propuesta sujeta a votación. Esto implica una actitud neutral por parte de las autoridades administrativas, en particular en relación a la campaña del referéndum y la cobertura de los medios de comunicación, sobre todo los medios públicos. La organización del referéndum debe estar a cargo además de un órgano imparcial y debe ser posible apelar la decisión ante un tribunal jurisdiccional.

Josep Maria Castellà recordó que Montenegro y Crimea son los dos únicos casos de secesión producto de un referéndum en una región, ya que la Constitución de la federación yugoslava establecía esta posibilidad en caso de disolución. “En realidad se trataba de una confederación como lo es también la Unión Europa que contempla la posibilidad de salir”, indicó.

Respecto a España y Cataluña indicó que sería posible realizar un referéndum con una reforma previa de la Constitución que introdujera la posibilidad de realizarlo.

En el turno de preguntas, se planteó la cuestión de que la mera celebración de un referéndum de secesión legitima políticamente a la parte implicada para romper y para volver a consultar a la población sobre esta cuestión si sale negativo, algo en lo que Josep Maria Castellà, en su calidad de profesor de Derecho Constitucional, estuvo de acuerdo.

Respecto a la propuesta que se está haciendo en estos momentos en Cataluña en torno a la celebración de un referéndum por parte de JXS y la CUP, fue especialmente crítico con el hecho de que la ley que lo regularía no se conozca y esté siendo redactada con todos los criterios restrictivos para impedir el debate, justo lo contrario que establece la Comisión de Venecia.

 

LEER EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE LA COMISIÓN DE VENECIA

Josep Maria Castellà explica en TV3 los requerimientos de imparcialidad y legalidad que debe tener la convocatoria y realización de referéndums: