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Desde la perspectiva de la Comisión de Venecia, la constitucionalidad y el respeto a la distribución de competencias son una condición indispensable para otorgar legitimidad a un referéndum. Y esas condiciones no las cumple un referéndum unilateral sobre la independencia de Catalunya.

El apartado final añade un elemento político, que parece de sentido común. En las dos últimas frases dice que cualquier referéndum sobre el estatus de un territorio debería haber sido precedido por negociaciones entre todos los interesados, y que esas negociaciones, para el caso de Crimea, no habían tenido lugar. También convendría tomar nota sobre eso.”La Comisión de Venecia y la unilateralidad” (La Vanguardia, 6 de enero de 2017)